20221208: Por disposición de la JUNTA EJECUTIVA de la Organización Nacional de Salvamento & Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos de Venezuela (ONSA A.C.), de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de sus Estatutos; a la ONSA/Dir. Núm. 0198 de fecha 02DIC2020 y a la [REGLA 1.1.4] del Reglamento vigente de la organización; se resuelve:
Cualquier disposición previa sobre el particular o que colida con ésta, queda sin efecto a partir del presente acto.
- ESTABLECER, la UNIDAD DE VALOR ONSA (UV/O) de ONSA Venezuela (ONSA A.C.), en la cantidad equivalente a: DIECISÉIS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 16,00), a partir de la presente publicación.
Cualquier disposición previa sobre el particular o que colida con ésta, queda sin efecto a partir del presente acto.
Cúmplase,
p/Junta Ejecutiva
· VC. Luis G. Inciarte Santaella .................. (Secretario General)
· O/A. Guillermo Yanes Longobardi ............. (Secretario de Finanzas)