20211203: Por disposición de la Junta Directiva de la ONSA, de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de los Estatutos de la Organización y a la [REGLA 1.4.3] del Reglamento vigente, se resuelve:
Cúmplase,
- AUTORIZAR viáticos a los miembros del CUERPO EJECUTIVO, al COMANDO NACIONAL (CASMAR) y a los miembros del CONSEJO NACIONAL PERMANENTE, cuando estén en comisión especial fuera de su área de jurisdicción, de hasta: 15 UV/O. en alimentos y bebidas (AYB) y 40 UV/O. en hospedaje (este último, cuando la actividad prevea dos (2) o más días); calculado por persona, por día, contra reembolso y con soporte contable. Adicionalmente, se incluirá el costo del transporte en vehículos colectivos por tierra ó por mar; quedando la vía aérea sujeta a consideración del SECRETARIO GENERAL y del SECRETARIO DE FINANZAS, previo informe de cuentas. Cuando se trate de traslados, en apoyo logístico a personal institucional en tránsito, mediante el uso de vehículos particulares, se pagará a razón de 0,25 UV/O para viajes urbanos y de 0,20 UV/O para viajes inter-urbanos, por kilómetro (km) recorrido y previa inspección al vehículo por un Oficial autorizado.
Cúmplase,
· VC. Luis G. Inciarte Santaella ............... (Secretario General)
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· O/A. José A. Dávila López .................... (Presidente)
· O3a. Franyerson J. Duque Barrientos .... (Secretaria del CNP)
· O/A. Guillermo Yanes Longobardi .......... (Secretario de Finanzas)
· VC. José Carlos González Antúnez ......... (Cmdt. Nacional del CASMAR)
· VC. Raiza V. Zurita Dona ...................... (Director del CAC)
· Cap. Luis M. Araguren Jiménez ............. (Vocal del Consejo Institucional)