ONSA/Dir. Núm. 0119 | Cuota de Membresía Anual Ordinaria
Publicado: Jue. 05NOV2015, 01:28
20151102: Por disposición de la Junta Directiva de la ONSA, de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de los Estatutos de la Organización y a la [REGLA 2.5.1] del Reglamento vigente, se resuelve:
Cúmplase,
· VC. Luis G. Inciarte S. (Secretario General)
· CO/M. Nicolás Goschenko S. (Presidente)
· O2a. Diego A. Rodríguez G. (Secretario del C.N.P.)
· VC. Raiza V. Zurita D. (Secretario de Finanzas)
· VC. Julio M. Corona R. (Cmdt. Nacional del CASMAR)
· CO. José C. López (V/Consejo Institucional)
· CO/M. Tania G. Socorro S. (Director del CAC)
- 1) Establecer como Cuota de Membresía Anual Ordinaria, el monto equivalente a:
- Miembro Regular (persona natural):
CUARENTA Y OCHO Unidades Tributarias (48UT). - Miembro Patrocinante (persona jurídica mercantil):
SEISCIENTOS CINCUENTA Unidades Tributarias (650UT). - Miembro Institucional (entidades no mercantiles):
No Aplica (N/A) - Miembro Honorario (distinguido o no residente):
No Aplica (N/A)
3) Las disposiciones aquí contenidas, son de inmediata aplicación para todos los miembros de la ONSA A.C., con las excepciones que a continuación se indican; a saber:
- Quedarán exceptuados del pago de cualquier ajuste en el monto pertinente, aquellos miembros que para la fecha de publicación, hubieren cancelado la totalidad de su Cuota de Membresía Anual Ordinaria según la ONSA/Dir Núm. 0116.
- Aquellos miembros que para la fecha de esta publicación mantuvieren un saldo deudor en su Cuota de Membresía Anual Ordinaria, deberán cancelar la diferencia total correspondiente según la ONSA/Dir. Núm. 0116, antes del 15NOV2015; de lo contrario, deberán cancelar antes del 01DIC2015, la diferencia según corresponda a los nuevos montos.
- Los Miembros Patrocinantes (Ordinarios, Especiales o Premium), podrán aplicar a condiciones preferentes en el pago de sus Cuotas de Membresía Anual Ordinarias, mediante la suscripción de Convenios especiales, debidamente autorizados por la Junta Directiva.
- Aquellos miembros que califiquen para la Membresía Regular en condición especial (MRe), de conformidad con la REGLA 2.5.1.1.2.
- Miembro Regular (persona natural):
Cúmplase,
· VC. Luis G. Inciarte S. (Secretario General)
· CO/M. Nicolás Goschenko S. (Presidente)
· O2a. Diego A. Rodríguez G. (Secretario del C.N.P.)
· VC. Raiza V. Zurita D. (Secretario de Finanzas)
· VC. Julio M. Corona R. (Cmdt. Nacional del CASMAR)
· CO. José C. López (V/Consejo Institucional)
· CO/M. Tania G. Socorro S. (Director del CAC)