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ONSA/Ntfn. Núm. 0141 | Postulación a Cargos de Elección

Publicado: Vie. 20OCT2017, 00:56
por ONSA/VE
ONSA, CARACAS - VE
ONSA/Ntfn. Núm. 0141 - 20OCT2017
ASUNTO
: Postulación a Cargos de Elección (2018-2020).-
ONSA/SG escribió:Señores
Miembros Regulares
ONSA A.C. (ONSA VENEZUELA)
De conformidad con la cláusula DÉCIMA de los Estatutos Sociales y al Capítulo IV, Sección 3 del Reglamento Institucional (v.3.60) de la Organización, se NOTIFICA a todos los MIEMBROS REGULARES, la apertura del proceso de postulación para los cargos de PRESIDENTE (2018-2020) de la ONSA A.C. y de CONSEJEROS de la CÁMARA REGIONAL (2018-2020 2018-2022) del CONSEJO NACIONAL PERMANENTE de la Organización, a los fines de que presenten sus postulaciones, Resumen Curricular y Programa de Gestión por escrito ante la JUNTA EJECUTIVA, a través de la Planilla de postulaciones para cargos de la ONSA y hasta QUINCE (15) días hábiles antes de la ASAMBLEA GENERAL en donde resultarán los NOMBRAMIENTOS para dichos cargos.

FUNCIONES & ATRIBUCIONES según los Estatutos:
  • DÉCIMA PRIMERA: El CONSEJO NACIONAL PERMANENTE (CNP) será el órgano donde tienen encuentro miembros de la ONSA, cuyo accionar dentro y fuera del marco de la Organización, contribuya al cumplimiento de los objetivos institucionales y estimule el desarrollo y fortalecimiento del Salvamento y la Seguridad Marítima de los espacios acuáticos de Venezuela. Tendrá su cargo:
    • a) La deliberación, regulación y orientación de las políticas de la ONSA mediante la emisión de resoluciones que regirán las normas directrices de la Organización;

      b) Nombrar y remover al SECRETARIO GENERAL de la Organización, cada vez que lo considere oportuno, con al menos más de la mitad de los votos abiertos (no secretos) de sus integrantes a favor del postulado;

      c) Reprobar o emanar las consideraciones correspondientes a los informes de la JUNTA EJECUTIVA; y

      d) Resolver y emanar por escrito las consideraciones correspondientes a cualquier otro asunto que le sea sometido. Estará presidido en primera instancia por el SECRETARIO GENERAL o en su defecto por el SECRETARIO DEL CONSEJO NACIONAL PERMANENTE de la Organización.
    CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: Son atribuciones de los miembros de la JUNTA EJECUTIVA:
    • a) Del PRESIDENTE: presidir las ASAMBLEAS GENERALES; promover y dirigir lo concerniente a las relaciones públicas con otros entes o instituciones; presidir en primera instancia los actos, ceremonias, eventos y actividades públicas de la ONSA;
La ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA en donde se realizarán tales nombramientos, aquí convocada preliminarmente para el próximo SÁBADO 02DIC2017, con al menos DIEZ (10) días hábiles de antelación; todo ello de conformidad con la normativa vigente.

Notificación que se hace conforme a las normas y procedimientos institucionales, en la ciudad de Santiago de León de Caracas, a los VEINTE (20) días del mes de OCTUBRE (10) del año DOS MIL DIECISIETE (2017).

Comuníquese y publíquese;
VC. (CASMAR) Luis G. Inciarte S.
Secretario General
FE DE ERRATA: modificado por error material el 07NOV2017.