Página 1 de 1

ONSA/Dir. Núm. 0287 | Valor de la UV/O

Publicado: Sab. 11OCT2025, 01:45
por ONSA/VE
20251011: Por disposición de la JUNTA EJECUTIVA de la Organización Nacional de Salvamento & Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos de Venezuela (ONSA A.C.), de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de sus Estatutos; a la ONSA/Dir. Núm. 0198 de fecha 02DIC2020 y a la [REGLA 1.1.4] del Reglamento institucional vigente de la organización; se resuelve:
  1. ESTABLECER, la UNIDAD DE VALOR ONSA (UV/O) de ONSA Venezuela (ONSA A.C.), en la cantidad equivalente a: DOSCIENTES TREINTA Y CINCO BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 235,00), a partir de la presente publicación.
Cualquier disposición previa sobre el particular o que colide con ésta, queda sin efecto a partir del presente acto.
 
Cúmplase,

p/Junta Ejecutiva

· VC. Luis G. Inciarte Santaella ...... (Secretario General) · O/A. Luisanna M. Cumare Astudillo ... (Secretaria de Finanzas)