20231221: Por disposición de la JUNTA EJECUTIVA de la ONSA, de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de los Estatutos de la Organización y a la [REGLA 1.5.1] del Reglamento vigente, se resuelve:
Cúmplase,
· VC. Luis G. Inciarte Santaella ....... (Secretario General)
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· VC. Raiza V. Zurita Dona ............. (Presidenta)
· O3a. Franyerson J. Duque Barrientos ... (Secretaria del CNP)
· O/A. Luisanna M. Cumare Astudillo ..... (Secretario de Finanzas)
· O1a. Robinson F. Perdomo Hurtado ...... (Cmdte. Nacional del CASMAR)
· O1a. María R. Ríos Peña ............... (Dir. Adiestramiento y Capacitación)- ESTABLECER, que el conteo de días hábiles, en el ámbito de la jurisdicción ejecutiva de ONSA A.C.; que incluye todas las actividades y procedimientos de sus órganos administrativos, operacionales, académicos y de sus miembros, corresponderá de: lunes a viernes, en el horario comprendido desde las 00:00 hasta las 23:59, hora legal venezolana (VET); exceptuando los días feriados no laborables o casos especiales debidamente motivados previamente por la Junta Ejecutiva. Todo ello, sin perjuicio del funcionamiento continuo (24 horas) de toda la organización, a través de sus canales de comunicación debidamente autorizados y de la plataforma tecnológica de ONSA A.C. en la Web, conocida como «BBS», accesibles mediante medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC); así como para la recepción y emisión de correspondencia especial, propia de emergencias y situaciones sobrevenidas, que favorecen las actuaciones de los interesados, en cuanto a la amplitud de los lapsos no contables para efectos hábiles. El conteo de días hábiles se realizará (de 1 en 1), a partir del primer día hábil siguiente, al día hábil efectivo, de la publicación o envío real de la correspondencia.
Cúmplase,