Providencia Administrativa para regular la Pesca y Comercialización de las Especies de la Familia Istiophoridae y Xiphiidae (léase: Especies de Pico)
:: INFOGRAFÍA ► Normas para la Pesca de las Especies de Pico (VE)
En el año 2003, se fue publicada la última normativa legal en favor del resguardo de las especies de pico, tales como: la Aguja Blanca, la Aguja Azul, la Aguja Picuda, el Pez Vela, el Pez Lanza y el Pez Espada. Las normas que dicta la “Providencia Administrativa para regular la Pesca y Comercialización de las Especies de la Familia Istiophoridae y Xiphiidae”, publicada en la Gaceta Oficial número 37.787 del 01 de octubre del 2003, establece entre otros aspectos, que:
- 1. Se prohíbe la captura y comercialización de la Aguja Picuda y el Pez Lanza, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
2. Se permite la pesca comercial artesanal, deportiva y científica, de la Aguja Blanca, la Aguja Azul, el Pez Vela y el Pez Espada, previo permiso expedido por el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA).
3. Se establece una Zona de Protección Pesquera, para embarcaciones comerciales mayores a 10TAB y que utilicen las artes de pesca conocidas como: arrastre, redes de cerco o palangre de superficie, así como para cualquier embarcación pesquera comercial artesanal procedentes de puertos pesqueros distintos al sector conocido como Playa Verde del Estado Vargas, que empleen redes de ahorque o palangre de superficie; siendo ésta delimitada dentro de las siguientes coordenadas geográficas:- (A) 10 31 32N - 067 30 00W
- (B) 11 20 00N - 067 30 00W
- (C) 11 20 00N - 066 10 00W
- (D) 10 36 40N - 066 10 00W
4. Solo se podrán capturar ejemplares de las especies permitidas (Aguja Blanca, Aguja Azul, Pez Vela y Pez Espada) cuyas tallas mínimas sean las siguientes:- AGUJA BLANCA: 150 cm. de longitud medidos desde la mandíbula inferior hasta la horquilla (mitad de la aleta caudal o cola), o de 109 cm. de longitud medidos desde la aleta pectoral hasta la horquilla, o con un peso superior a los 19 kg. sin cabeza y sin vísceras.
- AGUJA AZUL: 180 cm. de longitud medidos desde la mandíbula inferior hasta la horquilla (mitad de la aleta caudal o cola), o de 137 cm. de longitud medidos desde la aleta pectoral hasta la horquilla, o con un peso superior a los 47 kg. sin cabeza y sin vísceras.
- PEZ VELA: 160 cm. de longitud medidos desde la mandíbula inferior hasta la horquilla (mitad de la aleta caudal o cola), o de 121 cm. de longitud medidos desde la aleta pectoral hasta la horquilla, o con un peso superior a los 18 kg. sin cabeza y sin vísceras.
- PEZ ESPADA: 125 cm. de longitud medidos desde la mandíbula inferior hasta la horquilla (mitad de la aleta caudal o cola), o con un peso superior a los 25 kg. sin cabeza y sin vísceras.
5. Toda persona natural o jurídica interesada en practicar la pesca deportiva de las especies de pico permitidas, adicional al permiso de pesca expedido por el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA), deberá observar lo siguiente:- Queda prohibido el embarque y la comercialización de las especies de pico, en cualquier tipo de embarcación deportiva o turística.
- Las embarcaciones deportivas o turísticas, deberán llevar una bitácora de pesca por cada campaña, la cual deberá ser entregada mensualmente o cuando lo requiera, la inspectoría de pesca respectiva o cualquier otra autoridad.
6. Las personas jurídicas que se dediquen a la comercialización de las especies de pico permitidas, deberán estar registradas por ante el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA).
7. La captura de cualquier ejemplar no autorizado, de carácter incidental o que no se realice cumpliendo con las disposiciones legales pertinentes, deberá ser devuelto vivo al agua de inmediato.
8. El incumplimiento de la Providencia Administrativa para regular la Pesca y Comercialización de las Especies de la Familia Istiophoridae y Xiphiidae (léase: Especies de Pico), se sancionará de conformidad con la Leyes especiales que rigen la materia.
REFERENCIAS:
- INFOGRAFÍA ► Normas para la Pesca de las Especies de Pico (VE)