20160730: Por disposición de la JUNTA EJECUTIVA de la ONSA, de conformidad con la cláusula DÉCIMA TERCERA de los Estatutos de la Organización y a la [REGLA 1.4.3] del Reglamento vigente, se resuelve:
- Establecer una cuota extraordinaria equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la CUOTA DE MEMBRESÍA REGULAR ANUAL, a aquellos miembros integrantes de la JUNTA EJECUTIVA, del COMANDO NACIONAL del CASMAR y del CONSEJO NACIONAL PERMANENTE, quienes cumplidas las formalidades de la convocatoria, no asistan a la actividad prevista, salvo causa de fuerza mayor debidamente documentada y aceptada por la JUNTA EJECUTIVA; todo ello en virtud de los gastos que ocasiona directa o indirectamente su inasistencia.
Cualquier disposición previa sobre el particular o que colida con ésta, queda sin efecto a partir del presente acto.
Cúmplase,· VC. Luis G. Inciarte S. ............ (Secretario General)
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· CO/M. Nicolás Goschenko S. .... (Presidente)
· CO/M. Tania G. Socorro S. ...... (Director del CAC)
· CO. José C. López .................. (V/Consejo Institucional)
· VC. Raiza V. Zurita D. ............. (Secretario de Finanzas)
· Cap. Francisco A. Marghella .... (Cmdt. Nacional del CASMAR)
· O2a. Diego A. Rodríguez G. ..... (Secretario del C.N.P.)