Situación de los Guardavidas en Venezuela

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Situación de los Guardavidas en Venezuela

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El Sol de Margarita escribió:ONSA: La seguridad marítima es una responsabilidad del INEA
Luego de la muerte por inmersión ocurrida el pasado domingo del alcalde de Boconó, Hugo Luis Cabezas, queda demostrada la falla de los organismos en materia de espacios marinos y el desconocimiento de competencias.

HENRY LÓPEZ CABRERA

Los hechos sucedidos en los espacios marítimos de Venezuela son competencia del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA), a través de la Capitanía de Puerto de la jurisdicción a la que pertenezca, según el Artículo 11 de la Ley General de Marinas y Actividades Conexas.

Para Luis Inciarte, secretario general de la Organización Nacional de Salvamento y seguridad marítima de los espacios acuáticos de Venezuela (ONSA), en el país operan muchas organizaciones que no están capacitadas para prestar atención a las personas que se encuentren en riesgo de perecer por inmersión y los organismos competentes se libran de esas responsabilidades.

Inciarte manifestó que luego de la muerte del alcalde de Boconó, Hugo Luis Cabezas, el pasado domingo en Playa El Agua, mucha gente ha manifestado su descontento con la falta de políticas de la alcaldía de Antolín del Campo y del gobierno regional con respecto a la seguridad marítima. No obstante, esta responsabilidad recae sobre el INEA.

El secretario de la ONSA tomó como caso el de Cabezas por ser uno de los más recientes y de mayor impacto por tratarse de una personalidad política. Incluso si alguien está a menos de 50 metros de la playa, su seguridad es responsabilidad del INEA por estar en un espacio acuático, independientemente del municipio donde se encuentre.

Según Inciarte, muchas de las embarcaciones que transitan en el país no cumplen con las exigencias de seguridad de la Ley General de Marinas y Actividades Conexas, y ningún organismo procura hacerle una supervisión constante.

Con respecto a la falta de salvavidas en las playas de la región, el secretario del ONSA alegó que por el artículo 11 de Ley mencionada, es el Estado, mediante el INEA, a quien corresponde capacitar y dotar a los Bomberos Marinos de los recursos para que éstos apliquen el salvamento en caso de una inmersión.

En declaraciones pasadas, los salvavidas financiados por la alcaldía de Antolín del Campo se quejaban del poco recurso que reciben de la empresa privada como parte de la responsabilidad que, según ellos, le corresponde. Sin embargo, Luis Iniciarte aclaró que los entes pueden ayudar, pero la competencia no recae directamente sobre ellos.
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

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El Sol de Margarita escribió:YMCA desarrolla Ley para uso obligatorio de Guardavidas

La directora de la Escuela de Rescate y Salvamento Acuático de la YMCA, Wanda Vargas, informó que las estadísticas revelan 700 decesos anuales por inmersión en Venezuela, una cifra que considera alarmante.

JENNIFER HRASTOVIAK

Desde hace ocho años YMCA (Young Men's Christian Association) -la organización de voluntarios más antigua del mundo- es el organismo encargado de capacitar y promover el rescate y salvamento del área marítima. Esta organización es miembro pleno de la Federación Internacional de Salvamento Acuático y la única autorizada para certificar guardavidas.

La directora de la Escuela de Rescate y Salvamento Acuático de YMCA, Wanda Vargas, indicó que promueven una normativa legal que obliga a los municipios, hoteles y condominios a poseer salvavidas certificados.

Vargas -en entrevista telefónica- señaló que, según las estadística que maneja, 700 personas mueren ahogadas al año en Venezuela, una cifra que considera alarmante.

“El problema es que no había normas que obligaran a los hoteles, alcaldías, y condominios a contratar a salvavidas certificados. Ya se acabó eso de echarle la culpa al otro, todos tendrán su cuota de responsabilidad”. De igual forma esta normativa generará empleos en la región y contribuirá a mejorar las deficiencias en esta área.

Según el presidente de la Asociación de Salvavidas del estado Nueva Esparta, Rubén Yánez, con la muerte por inmersión del alcalde de Boconó, Luis Cabezas Bracamonte, se remontan a cinco las personas ahogadas este año en la región.

-Después de este lamentable deceso del alcalde de Boconó ¿sobre quién recae la responsabilidad de resguardar a los usuarios de playas, piscinas, parques acuáticos, ríos, o cualquier área acuática recreativa?.

Vargas -Me remito al artículo 5 de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos, donde dice que al Estado le compete garantizar la seguridad de la vida humana y la prestación de auxilio, pero no especifica quién prestará ese auxilio, así como tampoco cuál órgano competente tendrá bajo su responsabilidad los 250 metros de costa donde se ahoga la mayoría de las personas, aún las que saben nadar.

-¿Es por esta razón que surge la idea de crear un normativa sobre esta materia?

Vargas -Como representante de YMCA de Venezuela, y co-redactora junto a la diputada de la Asamblea Nacional, Lelis Páez, del anteproyecto de Ley de Seguridad, Socorro y Salvamento Acuático, desde hace cuatro años venimos trabajando en el tema y puedo asegurar que el peor problema que tenemos no es sólo en la Alcaldía de Antolín del Campo, sino en todo el país: la apatía.

La apatía con la que reaccionan los políticos y funcionarios públicos ante las muertes por inmersión que ocurren en el país. Agregó que según cifras preliminares del Ministerio de la Salud, en 2006 y 2007 fallecieron mil 436 personas por inmersión y accidentes acuáticos, en su mayoría niños y jóvenes.

-Según este anteproyecto ¿quiénes serán los responsables?

Vargas -La normativa establecerá políticas claras en capacitación y certificación de guardavidas, además que creará obligaciones y responsabilidades tanto a entes públicos como privados.

Vargas -“Venezuela es el único país costero de Latinoamérica que no cuenta con una legislación en la materia. Ya no podemos piratear más en nuestro país, es hora que se entienda que ser Guardavidas es una profesión tan honorable e importante como la del bombero, policía, Protección Civil. Servidores públicos imprescindibles en la comunidad”.

A su juicio, es hora de que cada quien asuma su responsabilidad, el Estado a través del INEA, el Ministerio de Turismo, las alcaldías, los hoteles, y todos los prestadores de servicio turístico privado.


EVALUACIÓN DEL YMCA
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD ACUÁTICA EN VENEZUELA

  • -No existe un marco legal que normalice la seguridad y la obligación de la presencia de Socorristas Acuáticos en las zonas de interés turístico, por ello:

    -No se cuenta con suficientes Socorristas Acuáticos Certificados en los balnearios porque existe mucha ignorancia sobre el tema de la seguridad acuática y la cantidad de víctimas por inmersión.

    -La vigilancia de las áreas acuáticas se realiza por personas o cuerpos de seguridad sin capacitación formal y los órganos competentes se libran de responsabilidades

    -No se cuenta con equipamiento de seguridad, los que existen no son los adecuados. (Torres de Vigilancia, tubos de rescate, botiquines de primeros auxilios, tablas de rescate, etc.).

    -No se cuenta con señales de advertencia de los peligros en los balnearios ni normas de uso.

    -No se llevan reportes ni informes de las muertes por inmersión, ni de los accidentes ocurridos en el medio acuático.

    -Los bañistas participan en actividades acuáticas bajo su propio riesgo, y no existen avisos de advertencia de los peligros que corren al entrar al agua.
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LGIS
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por LGIS »

En mi opinión, como Secretario General de la ONSA, lo siguiente:
Jennifer Hrastoviak escribió:Desde hace ocho años YMCA (Young Men's Christian Association) -la organización de voluntarios más antigua del mundo- es el organismo encargado de capacitar y promover el rescate y salvamento del área marítima. Esta organización es miembro pleno de la Federación Internacional de Salvamento Acuático y la única autorizada para certificar guardavidas
En Venezuela, la autoridad acuática es quien certifica a los Guardavidas; a saber el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA)
Wanda Vargas escribió:Me remito al artículo 5 de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos, donde dice que al Estado le compete garantizar la seguridad de la vida humana y la prestación de auxilio, pero no especifica quién prestará ese auxilio, así como tampoco cuál órgano competente tendrá bajo su responsabilidad los 250 metros de costa donde se ahoga la mayoría de las personas, aún las que saben nadar.
El marco jurídico acuático es muy claro y la responsabilidad corresponde a la Autoridad Acuática, a través del Cuerpo de Bomberos Marinos de las Capitanías de Puerto del país.
DECRETO NÚM. 6.126, CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA QUE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS.- VÉASE N° 5.890 EXTRAORDINARIO DE LA GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, del 31 de julio de 2008 escribió:
  • Artículo 5.
    Las políticas acuáticas consisten en el diseño de lineamientos estratégicos sobre la base de las potencialidades, capacidades productivas y recursos disponibles en las zonas costeras y otros espacios acuáticos, que garanticen el desarrollo sustentable social y endógeno, la integración territorial y la soberanía nacional, e incluyen entre otros aspectos:
    • 7. La seguridad de la vida humana y la prestación de auxilio en los espacios acuáticos.
  • Artículo 73.
    Corresponde al Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos:
    • 1. Ejercer la Autoridad Acuática.
      2. El ejercicio de la administración acuática.
  • Artículo 74.
    El ejercicio de la administración acuática comprende:
    • 13. Garantizar mediante la supervisión y control, la seguridad marítima y la vida, en el ámbito de las circunscripciones acuáticas, en coordinación con las autoridades competentes.

      16. La supervisión y control de las actividades de búsqueda y salvamento.
  • Artículo 102.
    A los efectos de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, son actividades conexas, las siguientes:
    • 4. Los servicios de búsqueda, rescate y salvamento y; las actividades de prevención y combate de contaminación ambiental en los espacios acuáticos.
GACETA OFICIAL NÚM. 37.570 DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2002 LEY GENERAL DE MARINAS Y ACTIVIDADES CONEXAS escribió:
  • Artículo 5.
    El Ministerio de Infraestructura a través del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos es el órgano competente para autorizar las construcciones de cualquier índole permitidas por la ley, ubicadas en aguas territoriales e interiores y en terrenos situados a la orilla del mar, lagos, ríos, sus riberas y demás porciones navegables, en una extensión hasta de cincuenta metros (50 mts) medida hacia la costa o ribera, desde la línea de la más alta marea o desde la línea de más alta crecida en el caso de los ríos navegables, la modificación de estas construcciones y las operaciones que en ellas se realicen.
  • Artículo 6.
    La Autoridad Acuática es el órgano competente para autorizar la construcción y la modificación de muelles, malecones, marinas deportivas, turísticas y recreacionales, embarcaderos, varaderos, diques, astilleros, cualquier otra infraestructura industrial y de servicios, así como las instalaciones para almacenar combustibles, sustancias contaminantes o de otra índole, cuyas tuberías lleguen a la línea de la costa o comiencen en ella.

    Artículo 10.
    A los fines del ejercicio del órgano que ejerce la Autoridad Acuática, las aguas jurisdiccionales de la República y las costas se consideran divididas en Capitanías de Puerto, y estas a su vez, en delegaciones, cuya circunscripción determinará dicha autoridad y se regirán de acuerdo a lo previsto en la ley.

    Artículo 11.
    Corresponde al Ejecutivo Nacional, mediante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos, todo lo relativo a la organización, control, supervisión y administración de los servicios del Cuerpo de Bomberos Marinos y el Cuerpo de Policía Marítima, los cuales comprenden las funciones de prevención, protección, combate, mitigación, extinción y la investigación de siniestros y las funciones de policía, vigilancia y control, para asegurar la preservación de la vida y la de los bienes, la prevención de la contaminación, la seguridad de playas y áreas bajo la potestad de cada circunscripción acuática.
Disposiciones Transitorias
Décima Tercera: En un plazo de seis (6) meses contados a partir de la publicación de esta Ley en la Gaceta Oficial, el Ministerio de Infraestructura, a través de la Dirección General de Transporte Acuático, oída la opinión del Consejo Nacional de la Marina Mercante, deberá presentar a consideración del Consejo de Ministros, los proyectos de Reglamento:
  • 18. Reglamento sobre Zonas Costeras y Riberas de Lagos y Ríos.
Wanda Vargas escribió:Como representante de YMCA de Venezuela, y co-redactora junto a la diputada de la Asamblea Nacional, Lelis Páez, del anteproyecto de Ley de Seguridad, Socorro y Salvamento Acuático, desde hace cuatro años venimos trabajando en el tema y puedo asegurar que el peor problema que tenemos no es sólo en la Alcaldía de Antolín del Campo, sino en todo el país: la apatía.
En el marco jurídico acuático actual, ya están previstas las consideraciones generales, solo falta que el Ejecutivo promulgue el Reglamento sobre Zonas Costeras y Riberas de Lagos y Ríos, tal como lo prevee la misma Ley.

Información adicional sobre el marco jurídico SAR:
http://www.onsa.org.ve/comunidad/forum/viewtopic.php?f=81&t=373
"Full avante, motor y timón; ...si a la mar, nos llaman a la acción."

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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

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El Sol de Margarita escribió:Autoridades hacen un llamado para evitar accidentes acuáticos

Ante el número de decesos por inmersión en la isla de Margarita, los organismos competentes invitan a la población a cumplir las reglas que puedan prevenir algún hecho que lamentar en espacios marinos.

HENRY LÓPEZ CABRERA

Ante las eventualidades que han ocurrido recientemente en la isla de Margarita con respecto a los accidentes acuáticos, las autoridades hacen un llamado de conciencia a las personas para que atiendan las recomendaciones que se hacen para evitar hechos lamentables.

Manuel Díaz González, comandante de la Zona Naval Oriental, dijo que es importante que cada quien ponga de su parte y trate de ser más prudente al momento de usar los espacios acuáticos y, además, que cumplan las reglas que indiquen precauciones. Díaz González hace un llamado a los medios a que se aboquen a difundir información que sirva de ayuda para evitar los accidentes acuáticos, pero la gente debe acatarlas, porque de nada sirve que haya reglamentos si nadie los cumple.

Por otra parte, Luis Inciarte, secretario de la Organización Nacional de Salvamento y Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos de Venezuela (ONSA), manifestó que el país requiere de campañas y éstas deben hacerse directamente en las playas, donde realmente la gente pueda “absorberlas”. Según Inciarte, en algunos de los casos los decesos están dentro de las estadísticas, aún cumpliéndose a cabalidad todas las normas. Sin embargo, manifestó que si hubiese más conciencia en la colectividad el número sería mucho menor que el actual. “A pesar de que las reglas se cumplan al pie de la letra, existen hechos fortuitos que escapan de las manos de cualquier autoridad, por muy capacitada que esté”.

El secretario de ONSA manifestó que aunque hay escasez de salvavidas en el país, con trabajo colectivo entre la comunidad y las autoridades se puede lograr disminuir el número de accidentes. Con respecto a los reglamentos que existen con el fin de promover la seguridad acuática, Inciarte dijo que aunque hubiera muchas leyes con artículos específicos para la prevención de accidentes, éstos ocurrirán mayormente si no se acatan. “Hay que iniciar campañas, específicamente en las playas, porque es la única forma de que la gente se entere del problema que hay con respecto a accidentes acuáticos”.
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por ruben_e_yanez »

Ante todo un gran saludo desde la Isla de Margarita a toda la comunidad de Guardavidas de Venezuela, a mi gente de la guaira, de higuerote, de choroni, Anzoátegui , al equipo de instructores del YMCA, a la gente de Caroní, a los CASMAR de Venezuela y a mis hermanos de margarita y coche!!.

Como Comandante de los Guardavidas de la ONSA, Presidente Fundador de la Asociación de Salvavidas del Estado Nueva Esparta e Instructor de la Escuela de Rescate del YMCA Caracas les daré mi opinión basada en los últimos 13 años que le he dedicado al salvamento Acuático…

Primero, me complace que dos personalidades del Salvamento Acuático estén en este foro como lo son Luis Inciarte (SAR, ONSA) y Wanda Vargas (Guardavidas, YMCA Caracas), personas que respeto y que son amigos personales, para mí no son los mejores porque poseen buenos conocimientos, si no por la trayectoria que han tenido en materia de seguridad acuática, ya que hay muchas personas en Venezuela con buenos conocimientos pero son pocas las que resisten las adversidades y siguen luchando por nuestra causa… eso son ellos por esos mis saludos y respeto.

Mi opinión con respecto al Guardavidas en Venezuela… pasaría horas, llenaría este foro y quedaríamos siempre en lo mismo, lo que si les puedo decir que he superado una etapa bien importante en el Salvamento Acuático: El Criticar, me di cuenta que por más que ponga al desnudo las fallas de los organismos del estado encargados y no encargado, eso no arreglara lo que paso y lo que va a pasar, aquí la palabra clave es la UNION, primero entre nosotros mismos y luego tratar de sumar a los funcionarios claves que pueden cambiar el rumbo y la historia del Salvamento Acuático en Venezuela y hacer los cambios que hagan falta para ser una referencia de excelencia en Salvamento Acuático y no ser la parte negativa del continente, hay un pensamiento que dice: “si no puedes con ellos, confúndelos”

Hacerles entender a nuestros organismos y a todo aquel que se dedica a esto que el Salvamento Acuático no es un color político, sino una cuestión de seguridad y que independientemente de la formación o pensamiento ideológico de cada quien, una persona cuando se está ahogando lo menos que piensa es que partido esta o si odia o no a gobierno o si el que lo está rescatando es chavista o de oposición… el día que eso se entienda, entonces seremos referencia mundial en Salvamento Acuático, entonces nuestra estrategia se basara en formar un equipo multidisciplinario para poder crear la bases de una ” revolución salvadora de vida”, una definición de locura dice: “ loco es aquel que piensa que haciendo lo mismo siempre, tendrá resultados diferentes” … la pregunta es ¿Qué estamos haciendo nosotros para revertir todo esto? Espero que este tema abra los caminos para buscar ese equipo multidisciplinario a nivel nacional y sentarnos en una mesa redonda con las personas encargadas y resolver este problema…

Con respecto al tema de certificación es obvio que el ente encargado de certificar es la autoridad acuática, en este caso el INEA pero el INEA no actúa como ente capacitador si no como ente regulador y todo lo de educación se lo delega a los institutos náuticos autorizados en las diferentes materias, entre ellos esta Gente de mar, OMI, YMCA Caracas, ONSA, PADI entre otros y en el caso de guardavidas quien está autorizado por el INEA es la Escuela de rescate del YMCA Caracas, ya que es la única hasta los momentos que está registrada y autorizada por ellos, del resto cualquier certificación emitida no tendrá validez así lo emita un organismo de seguridad del estado como lo es Bomberos, PC, Guardacostas, Inparques, Bomberos Marinos o cualquier otro que se le ocurra sacar alguna promoción de guardavidas…

Ha ocurrido en estados costeros que personas han tergiversado esta profesión y se han dado a la tarea de hacer cursos y ni siquiera son instructores capacitados como tal, ya que una cosa es certificar y otra es dar un taller, asesoramiento o clínica de Guardavidas como parte de multiplicar conocimientos pero nunca certificar como curso.

Espero escuchar sus opiniones y estamos a la orden para cualquier pregunta o duda que yo pueda ayudarlos… saludos
Ruben E. Yanez U.
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

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El Sol de Margarita escribió:Inician plan piloto de guardavidas en playas de Antolín del Campo
La cámara municipal antolinense comenzó una sesión permanente para la reforma del artículo 25 de la ordenanza sobre la regulación de las zonas costeras y balnearios en esa jurisdicción del estado Nueva Esparta.

MARIANELA PEÑATE

Con el objetivo de resguardar a los bañistas en las playas insulares, desde este fin de semana iniciarán el plan piloto de guardavidas en el municipio Antolín del Campo.
En este plan comenzarán a trabajar unos 62 guardavidas certificados, quienes se apostarán, en primer lugar, en las playas antolinenses, tras un acuerdo entre comerciantes, Protección Civil de esa jurisdicción, Asociación de Salvavidas, Guardacostas y la Capitanía de Puertos, la cual certificará todo lo concerniente al plan, dijo César Romero, capitán de Fragata de Guardacostas.

En cada 80 metros de playa habrá un guardavidas con sus implementos necesarios. Los servicios de estas personas serán cancelados por el municipio. Cruz Velásquez, asesor jurídico, explicó que como Antolín del Campo tiene una ordenanza sobre costas, recomendaron que modificaran el artículo 25 para que el pago de la tasa sea algo impositivo. Indicó que no hay un costo aún, porque será definida de acuerdo con el ejercicio fiscal de cada jurisdicción.

MESAS DE TRABAJO
Desde hace varias semanas Guardacostas, Capitanía de Puertos, Consejo Estadal de Planificación, representantes de la Alcaldía de Antolín de Campo, Dirección Civil de Seguridad Ciudadana y directores municipales de Protección Civil trabajan en el sistema de guardavidas, cuya idea es generar sensación de seguridad a los residentes y visitantes al momento de disfrutar de las playas. Una de las propuestas que plantearon es crear una ordenanza que permita, de acuerdo con las necesidades y características de cada jurisdicción, hacer viable la permanencia de los guardavidas en las playas, tener los recursos y además lograr que sea coordinado por Protección Civil.

Filomena Moya, representante del Consejo Estadal de Planificación, mencionó que actúan en varias mesas de trabajo, entre ellas la jurídica, que consiste en analizar y discutir todo lo atinente a la materia de resguardo. Es coordinada por el abogado Cruz Velásquez y cuenta con la participación de los once síndicos municipales.

Otra de las mesas es la de capacitación, que se encarga de la investigación del pensum de estudios para la escuela de guardavidas y el manual del funcionamiento de este servicio.

MÁS SEGURIDAD
Nancy Rivas, directora del Ministerio del Ambiente en Antolín del Campo, dijo que en vista de los acontecimientos ocurridos en las últimas semana, la alcaldesa Olga Pérez de Salazar ordenó redoblar las playas con efectivos de Protección Civil y policía administrativa. Además entregan volantes a fin de informar a los bañistas cuáles son las características de las zonas que visitan.

Pierino Vitti, representante de la Capitanía de Puertos, dijo que el objetivo es que en Nueva Esparta haya playas con banderas azules, que indiquen todas las características positivas de esa zona, lo cual beneficiará tanto para el área social como comercial. “Eso es lo que se quiere lograr con este sistema de guardavidas. Debe haber unión y voluntad de todas las personas”.
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por ruben_e_yanez »

Excelente día tengan todos los que se dedican a salvar vidas y los que… también!!
Saludos desde margarita!

En lo que se refiere a margarita la situación sigue casi igual en el tema de salvamento acuático, los mismos engaños a la opinión pública y el mismo discurso cada vez que se ahoga alguien en las playas neoespartanas, sobre todo en el municipio Antolín del campo...

ELLOS DICEN:
Con el objetivo de resguardar a los bañistas en las playas insulares, desde este fin de semana iniciarán el plan piloto de guardavidas en el municipio Antolín del Campo.

En este plan comenzarán a trabajar unos 62 guardavidas certificados, quienes se apostarán, en primer lugar, en las playas antolinenses, tras un acuerdo entre comerciantes, Protección Civil de esa jurisdicción, Asociación de Salvavidas, Guardacostas y la Capitanía de Puertos, la cual certificará todo lo concerniente al plan, dijo César Romero, capitán de Fragata de Guardacostas.

En cada 80 metros de playa habrá un guardavidas con sus implementos necesarios. Los servicios de estas personas serán cancelados por el municipio. Cruz Velásquez, asesor jurídico, explicó que como Antolín del Campo tiene una ordenanza sobre costas, recomendaron que modificaran el artículo 25 para que el pago de la tasa sea algo impositivo. Indicó que no hay un costo aún, porque será definida de acuerdo con el ejercicio fiscal de cada jurisdicción
.

Por supuesto nunca estuvieron esa cantidad de guardavidas y menos certificados, en el estado solo hay 8 certificados legalmente… En esa publicación aparece la Asoc. De Salvavidas pero nunca se llego a ningún acuerdo por la sencilla razón económica de siempre... la alcaldía no tenía dinero y le dejaron todo el peso económico a los comerciantes de la zona los cuales de 73 que hacen vida en esa playa solo 6 o menos eran los que estaban dispuestos a pagar un personal de guardavidas calificado para la seguridad de sus playas... (Bsf. 150 por guardavidas y requerían al menos 15)
así que nuevamente se engaño a la opinión publica solo para salir del problema y así siempre pasa cada vez que alguien se ahoga en esas playas...

Lo peor de la ignorancia..Es que… a medida que se prolonga, adquiere confianza. Y eso es lo más peligroso que podemos tener cuando funcionarios al cual se les deja esta responsabilidad no tienen el valor y la responsabilidad de admitir no saber del tema y buscar la asesoría necesaria para solventar el mismo... y es allí donde se comete el primer error de la ignorancia: presumir!

No todo es malo, ahora existen unas mesas de trabajos de las cuales nuestra asociación forma parte de ellas, esta la mesa de trabajo de capacitación, equipos, infraestructura y jurídica en la cual esta ultima ya se le hizo una observación por el simple hecho de que no están incluyendo a las ONGs, cooperativas o cualquier organización que se dedique a esto porque ellos quieren que solo lo maneje cada PC municipal... haciendo un lado todo lo que estos grupos organizados han hecho en pro del salvamento acuático tanto en el estado como a nivel nacional.
Por otro lado también tenemos a un nuevo Cap. De Puertos que por lo menos da la cara al problema, algo que no se veía desde hace mas de 4 años, esperemos su buena voluntad para esto arreglarse lo más rápido posible.

EL DICE:
Pierino Vitti, representante de la Capitanía de Puertos, dijo que el objetivo es que en Nueva Esparta haya playas con banderas azules, que indiquen todas las características positivas de esa zona, lo cual beneficiará tanto para el área social como comercial. “Eso es lo que se quiere lograr con este sistema de guardavidas. Debe haber unión y voluntad de todas las personas”


Aquí no solo debe haber unión y voluntad, si no también equidad, honestidad y ética profesional! Que eso es lo que falta realmente para salir adelante en esto.

Ya tenemos carnaval encima y semana santa a la vuelta de la esquina, esperemos se llegue a un acuerdo real con los que realmente hacemos vida en el salvamento acuático y no volver con la irresponsabilidad de colocar personas que no estén capacitados a desempeñar un papel tan estratégico y peligroso. Según lo último que supe es que la Alcaldía de Antolín del Campo pidió la certificación por parte de capitanía de puertos para 15 guardavidas y la alcaldía de Maneiro hizo lo mismo para un grupo de policías que estarán en las playas de esa alcaldía… no sabemos quiénes son y que tan preparados estén, pero se acordó una mesa técnica para la evaluación de estos guardavidas y de otros para ver su capacidad real ante una eventualidad, aun no se ha definido fecha pero será antes de carnaval y tendrá validez solo por los días de temporada… se está viendo como se hace!

Si alguien tiene alguna pregunta o se siente agredido por lo que aquí expreso, sinceramente lo siento pero tengo que ser responsable ante las organizaciones que represento, con mis compañeros y lo más importante… conmigo mismo!
Ruben E. Yanez U.
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

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ABN escribió:Diputados proponen ley de guardavidas para reducir muertes por inmersión

03:08 PM Caracas.- En vista del aumento de muertes por inmersión en el país, varios diputados de la Asamblea Nacional consignaron, por iniciativa propia, el proyecto de Ley de Seguridad, Socorro y Salvamento Acuático en Espacios Turísticos, Deportivos y Recreativos.

La ley de guardavidas, como también se le conoce, consta de 96 artículos, y tiene como objetivo llenar un vacío legal que existe en la materia para que el Estado y el empresario privado tengan la obligación de desplegar socorristas acuáticos y señales de advertencia en las playas, piscinas y otros balnearios turísticos, deportivos o recreativos, reseñó ABN.

La diputada Lelis Páez, quien está al frente del proyecto, agregó que este instrumento legal también permitirá la vigilancia de las áreas acuáticas por personas o cuerpos de seguridad con capacitación formal, los cuales contarán con el equipamiento adecuado.

Indicó que con la Ley los socorristas contarán con torres de vigilancia, tablas y tubos de rescate, botiquines de primeros auxilios y uniformes adecuados, entre otros implementos.

Páez destacó que esta norma es necesaria, pues según cifras del ministerio de Salud anualmente se reportan unas 800 muertes por inmersión, tercera causa de muerte en el país después de los accidentes de tránsito y de los fallecimientos por ataque cardíaco.

"Es alarmante la cifra de ahogados en el país, mayormente por imprudencia. Los reportes nos indican que generalmente perecen jóvenes y adultos de unos 30 años", lamentó.

Refirió que la propuesta se basa en el artículo 55 de la Constitución de la República que establece: "Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo..."

Agregó que esta Ley también ayudará a elevar la calidad del servicio turístico venezolano, debido a que promoverá y garantizará la seguridad de los temporadistas en áreas recreativas.

Al ser consultada sobre el cambio de denominación de salvavida por guardavidas, la diputada explicó que el término guardavidas incluye una visión más integral de esta profesión.

Los parlamentarios que promueven esta ley son: Rosario Pacheco, Régulo Hernández, quienes representan al estado Nueva Esparta, y Simón Escalona y Oswaldo Vera, por parte de Vargas.

Asimismo, participan Mario Isea, de la Comisión de Desarrollo Económico; Luis Camargo, de Administración y Servicios; y Asdrúbal Salazar, quien preside la Subcomisión de Turismo.
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ONSA/VE
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por ONSA/VE »

El Sol de Margarita escribió:Salvavidas voluntarios deben registrarse en PC

Los guardavidas deben tener su documentación en regla para su afiliación ante la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres de Nueva Esparta.

Los distintos grupos de salvavidas voluntarios que quieran operar en la Isla de Margarita deben registrarse ante la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres (PC) del estado Nueva Esparta, según informó el director encargado del organismo de seguridad, Manuel Rengel.

La medida fue coordinada con los directores municipales de Antolín del Campo, Arismendi, Marcano, Mariño, Díaz, Península de Macanao, García y Tubores, conjuntamente con la Estación de Guardacostas de La Armada, Instituto Nacional de Espacios Acuáticos, Dirección de Protección Civil y Seguridad Ciudadana, Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del estado Nueva Esparta y el Comité de Zonas Costeras del estado.

En una reunión de todos las instituciones mencionadas se estableció como norma “que todo grupo voluntario que surja bajo la figura de Asociaciones Civiles y/o Fundaciones sin fines de lucro, deberá estar registrado en PC de la jurisdicción donde presten sus servicios, basándonos en lo contemplado en la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, capítulo V, artículo 19”.

DOCUMENTOS
Rengel recalcó que los voluntarios deben consignar sus respectivos soportes para optar a la afiliación, según una nota de prensa.

El director encargado de PC en la entidad dijo que se han presentado percances con grupos de guardavidas que interfieren con el personal calificado y debidamente permisado para el rescate y salvamento de personas en el mar.

Para esta temporada las direcciones municipales de Protección Civil colocaron guardavidas en las playas más visitadas de la región insular.

En Antolín del campo durante los días de Carnavales se ubicaron a 10 salvavidas, cifra incrementada a 14 para el asueto de la Semana Mayor.

Más allá de la presencia de los guardavidas es importante la precaución a la hora de introducirse al mar. Una de las recomendaciones es no entrar luego de haber comido.
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LGIS
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por LGIS »

Las actividades de los Guardavidas o Salvavidas, no corresponden a Protección Civil.
El Sol de Margarita escribió:Salvavidas voluntarios deben registrarse en PC

Los guardavidas deben tener su documentación en regla para su afiliación ante la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres de Nueva Esparta.

Los distintos grupos de salvavidas voluntarios que quieran operar en la Isla de Margarita deben registrarse ante la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres (PC) del estado Nueva Esparta, según informó el director encargado del organismo de seguridad, Manuel Rengel.

La medida fue coordinada con los directores municipales de Antolín del Campo, Arismendi, Marcano, Mariño, Díaz, Península de Macanao, García y Tubores, conjuntamente con la Estación de Guardacostas de La Armada, Instituto Nacional de Espacios Acuáticos, Dirección de Protección Civil y Seguridad Ciudadana, Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del estado Nueva Esparta y el Comité de Zonas Costeras del estado.

En una reunión de todos las instituciones mencionadas se estableció como norma “que todo grupo voluntario que surja bajo la figura de Asociaciones Civiles y/o Fundaciones sin fines de lucro, deberá estar registrado en PC de la jurisdicción donde presten sus servicios, basándonos en lo contemplado en la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, capítulo V, artículo 19”.
De conformidad con LEY GENERAL DE MARINAS Y ACTIVIDADES CONEXAS, publicada en la Gaceta Oficial Núm. 37.570 de fecha 14 de noviembre de 2002; a saber(resaltado nuestro):
  • Artículo 74°. La búsqueda y salvamento acuático es de carácter público y será coordinado y supervisado por la Autoridad Acuática en los términos y condiciones que establece la ley, y consiste en el empleo del recurso humano y otros medios para prestar auxilio en forma pronta y eficaz, el cual debe ser dirigido fundamentalmente al salvamento de vidas humanas.

    Artículo 80°. El reglamento desarrollará las normas y procedimientos para las actividades de búsqueda y salvamento, pudiéndose requerir la colaboración de organizaciones públicas y privadas, estas últimas para funcionar deberán estar autorizadas por la Autoridad Acuática.
En consecuencia, corresponde al Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos a través de la Capitanía de Puerto de la circunscripición acuática pertinente y no a Protección Civil, todo lo relativo a la actividad de los Guardavidas.

Adicionalmente, las actividades que realizan los salvavidas, están orientadas a los espacios acuáticos (ámbito nacional) y no a actividades en el ámbito territorial de los Estados o Municipios, ya que estos últimos, de conformidad con la jurisprudencia nacional, tienen “costa seca”; es decir, no tienen competencia en las circunscripciones en las que se dividen los espacios acuáticos de la República. Es así como correspondería únicamente a la Capitanía de Puerto, a través de los Bomberos Marinos como organismos de Atención Primaria, el salvamento de vidas en las playas (franja marítima y aguas abiertas). En cuanto a los salvavidas voluntarios, éstos actuarían también bajo la Autoridad Acuática de la circunscripción como organismos de Atención Secundaria.

Cabe destacar que la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, tiene claramente enmarcadas sus funciones en actividades de prevención (protección civil) y administración desastres, así como sus competencias a nivel municipal, regional y nacional (no en las circunscripciones acuáticas); mientras que para emergencias (actividades de los salvavidas) éstas corresponden a los organismos de Atención Primaria o Secundaria y en el particular, a los propios de las circunscripciones acuáticas.

--
Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, publicado en la Gaceta Oficial Núm. 5.557 Extraordinaria del 13 de Noviembre del año 2001 escribió:Artículo 4. A los efectos de este decreto Ley, se entiende por: (1). Desastre: todo evento violento, repentino y no deseado, capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad, produciendo grandes daños materiales y numerosas pérdidas de vidas humanas y que sobrepasa la capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente sus consecuencias; (2). Emergencia: cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad, pudiendo generar víctimas o daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que puede ser atendido eficazmente con los recursos propios de los organismos de atención primaria o de emergencias de la localidad; (5). Organismos de atención Primaria: Son los órganos de Seguridad Ciudadana cuya misión natural es la atención de emergencias, tal es el caso de los cuerpos de policías y bomberos. (6). Organismos de atención Secundaria: Son las instituciones públicas o privadas que, en virtud de su especialidad o recursos, ante una emergencia pueden ser llamados a colaborar en la atención por los organismos de atención primaria; (7). Organismos de Apoyo: Son aquellas instituciones públicas o privadas que, de manera eventual, puedan aportar recursos o informaciones necesarias en el proceso de protección y administración de desastres.

Artículo 18 (eiusdem). La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres contará con la participación de grupos voluntarios especializados en acciones de protección civil y administración de desastres.

Artículo 19 (eiusdem). Los Grupos Voluntarios, se constituirán bajo la figura de asociaciones civiles o fundaciones, sin fines de lucro, y deberán estar registrados en la Dirección de Protección Civil y Administración de Desastres de la jurisdicción donde presten sus servicios. En todo caso, se considerarán como organismos de atención secundaria ante emergencias y desastres.

Artículo 20 (eiusdem). A los efectos de este decreto ley, se consideran voluntarios especializados en acciones de protección civil y administración de desastres a aquellos ciudadanos en buenas condiciones físicas, psíquicas y mentales que, habiendo realizado los cursos de formación y capacitación exigidos por la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, son integrantes de algún grupo de voluntarios debidamente autorizados y participan de manera voluntaria en actividades de preparación y respuesta ante desastres, bajo la dirección, supervisión y control de la Dirección Nacional, Estadal o Municipal de Protección Civil y administración de Desastres, según sea su ámbito de acción.
--
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"Full avante, motor y timón; ...si a la mar, nos llaman a la acción."

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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por ruben_e_yanez »

Estimado Luis y todo aquel que lea este segmento.

Muy acertada tu intervención y excelentemente ajustada a derecho! Lo que a nosotros como gremio nos preocupa, es la irresponsabilidad por parte de los directores municipales de colocar a muchachos que no tienen la mas mínima preparación en cómo ser GUARDAVIDAS y lo colocan en un mundo donde ellos fácilmente pueden perder la vida, la única lógica que le encuentro es que como ellos mismos no manejan el tema, piensan que es algo fácil y que cualquiera que le diga que es hijo de pescador y que nació en el mar puede hacerlo. Se aprovechan de las ganas de ayudar de estos muchachos y ellos como jóvenes al fin tampoco miden las consecuencias de sus acciones y confían en una envestidura que creen que lo van a respaldar a la hora de una desgracia.

Lo otro que nos preocupa es que dañan la imagen del GUARDAVIDAS y nos dañan a nivel nacional (ya que la isla recibe la mayor cantidad de turista de toda Venezuela) la imagen que muchos de los que trabajan esto seriamente se ve afectado por una mala acción de estos jóvenes.

En recorrido por las principales playas observe que muchos de ellos no tienen ni la mas mínima protección y lo peor es que los equipos que utilizan a parte de estar obsoletos no son los equipos originales de fabricación… como ya tienen tiempo estos equipos y no reciben un mantenimiento adecuado, se les rompió la cuerda y me imagino que como todo lo saben, le colocaron las cuerdas mucho más corta y con amarres propios de un alumno de sexto grado… es decir, que si llegasen a tener una emergencia no quiero contarles lo mínimo que les puede pasar.

Para el día lunes estaré declarando en prensa con respecto a este tema y elaborare el informe correspondiente, la nota de prensa que envió la ONSA no salió publicada completa pero dijo lo necesario para nosotros aunque no para la colectividad que no conoce el tema.

Tengo esperanza que el Capitán de Puerto haga respetar su autoridad y dudo de la veracidad de esa reunión donde se definió esa decisión.

Saludos a todos y los dejo que tengo que trabajar!!

Tres clases hay de ignorancia: no saber lo que debiera saberse, saber mal lo que se sabe, y saber lo que no debiera saberse y lo peor de la ignorancia, es que a medida que se prolonga, adquiere confianza.
Ruben E. Yanez U.
Presidente Asociación de Salvavidas
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LGIS
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Re: Situación de los Guardavidas en Venezuela

Mensaje por LGIS »

PC&AD escribió:Propuesta de Ordenanza Sobre la Creación del Programa Municipal de Guardavidas de la Zona Costera de los Municipios...
  • CONSIDERACIONES PRELIMINARES
    • a. Si bien es cierto que, el salvamento de la vida humana en la mar puede ser ejercido por cualquier persona (léase: Código Penal, Libro Primero, Disposiciones Generales sobre los Delitos y las Faltas, las Personas Responsables, y las Penas, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Núm. 5.768de fecha 13 de Abril del año 2.005. Artículo 438°. El que habiendo encontrado abandonado o perdido algún niño menor de siete años o a cualquiera otra persona incapaz, por enfermedad mental o corporal, de proveer a su propia conservación, haya omitido dar aviso inmediato a la autoridad o a sus agentes, pudiendo hacerlo, será castigado con multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.). La misma pena se impondrá al que habiendo encontrado a una Persona herida o en una situación peligrosa o alguna que estuviere o pareciere inanimada, haya omitido la prestación de su ayuda a dicha persona, cuando ello no lo expone a daño o peligro personal, o dar el aviso inmediato del caso a la autoridad o a sus agentes.), el ejercicio de la vigilancia y control, para asegurar la preservación de la vida y la de los bienes, la prevención de la contaminación, la seguridad de playas y áreas bajo la potestad de cada circunscripción acuática, corresponde al Ejecutivo Nacional (léase: DECRETO Nº 6.126 03 DE JUNIO DE 2008, GACETA Nº 5.890 DEL 31 DE JULIO DE 2008, LEY ORGANICA DE LOS ESPACIOS ACUATICOS, Artículo 70: Corresponde al Ejecutivo Nacional, a través de sus órganos y entes, el ejercicio de las competencias que sobre los espacios acuáticos y portuarios tienen atribuidas de conformidad con la ley.GACETA OFICIAL NÚM. 37.570 DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2002, LEY GENERAL DE MARINAS Y ACTIVIDADES CONEXAS, Artículo 11: Corresponde al Ejecutivo Nacional, mediante el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos, todo lo relativo a la organización, control, supervisión y administración de los servicios del Cuerpo de Bomberos Marinos y el Cuerpo de Policía Marítima, los cuales comprenden las funciones de prevención, protección, combate, mitigación, extinción y la investigación de siniestros y las funciones de policía, vigilancia y control, para asegurar la preservación de la vida y la de los bienes, la prevención de la contaminación, la seguridad de playas y áreas bajo la potestad de cada circunscripción acuática.), corresponde a órganos específicos (en cuanto al ámbito territorial y nivel de organización del Poder Público).

      Visto entonces que las actividades que realizan los Guardavidas/Salvavidas, están orientadas a los espacios acuáticos (ámbito nacional) y no a actividades en el ámbito territorial de los Estados o Municipios, que estos últimos, de conformidad con la jurisprudencia nacional, tienen “costa seca”; es decir, no tienen competencia en las circunscripciones en las que se dividen los espacios acuáticos de la República Bolivariana, correspondería únicamente a la Capitanía de Puerto, a través de los Bomberos Marinos como organismos de Atención Primaria, el salvamento de vidas en las playas (franja marítima y aguas abiertas). Cabe destacar que la actividad de los Guardavidas no entraría dentro de la calificación de “Desastre” sino de “Emergencia”, por lo que los órganos competentes son los de Atención Primaria (Bomberos y Policía) y en este caso los adscritos a la Capitanía de Puerto. (léase: de acuerdo a la Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, publicado en la Gaceta Oficial Núm. 5.557 Extraordinaria del 13 de Noviembre del año 2001, Artículo 4: A los efectos de este decreto Ley, se entiende por: (1). Desastre: todo evento violento, repentino y no deseado, capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad, produciendo grandes daños materiales y numerosas pérdidas de vidas humanas y que sobrepasa la capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente sus consecuencias; (2). Emergencia: cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad, pudiendo generar víctimas o daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que puede ser atendido eficazmente con los recursos propios de los organismos de atención primaria o de emergencias de la localidad; (5). Organismos de atención Primaria: Son los órganos de Seguridad Ciudadana cuya misión natural es la atención de emergencias, tal es el caso de los cuerpos de policías y bomberos. (6). Organismos de atención Secundaria: Son las instituciones públicas o privadas que, en virtud de su especialidad o recursos, ante una emergencia pueden ser llamados a colaborar en la atención por los organismos de atención primaria; (7). Organismos de Apoyo: Son aquellas instituciones públicas o privadas que, de manera eventual, puedan aportar recursos o informaciones necesarias en el proceso de protección y administración de desastres.).

      Por lo tanto, los Guardavidas de Protección Civil Municipal únicamente podría participar en operaciones de Socorrismo ó Salvamento de la vida humana en la mar, pero sin ningún tipo de autoridad sobre las personas y embarcaciones (motos de agua, lanchas, peñeros, etc.) que se encuentren dentro de los espacios acuáticos de la circunscripción (por no corresponder al Estado o Municipio). Véase: Caso de la Aeronáutica Civil sobre el espacio aéreo de los Estados y Municipios (corresponde a un ámbito de exclusiva competencia de órganos nacionales (Control de Tráfico Aéreo (ATC)).

      En todo caso, correspondería a la DIRECCIÓN NACIONAL (por ser un órgano de carácter Nacional) y no a las Regionales o Municipales, la constitución (adscripción) de un Cuerpo de Guardavidas de Protección Civil, que aun no siendo un órgano de Atención Primaria sino de Desastres, podría tener competencia en los espacios acuáticos como ente concurrente sobre la materia.

      b. Las Ordenanzas solo tienen efecto jurídico sobre su ámbito territorial (terrestre) y no sobre los espacios acuáticos (ámbito acuático de exclusiva competencia Nacional organizado territorialmente por Circunscripciones Acuáticas/Capitanías de Puerto); en consecuencia, mucho menos sobre los buques, persona y demás actividades que se realicen dentro de dichos espacios (Véase: Casos de aeronaves en el ámbito aéreo que sobrevuelen sobre Municipios o Estados (éstos no tienen competencia sobre las aeronaves). Corresponde a órganos Nacionales, específicamente habilitados por Ley para ello).
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