Directrices | WHATSUP Fuerza de Tarea de ONSA Venezuela

Sala de actividades e información de la Fuerza de Tarea
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yv5nsf
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Directrices | WHATSUP Fuerza de Tarea de ONSA Venezuela

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*Actualización 17ENE2017* -

*NORMAS A CUMPLIR POR CADA INTEGRANTE DE DE WHATSAPP DE LA FUERZA DE TAREA DEL CASMAR DE ONSA VENEZUELA; a saber:*

► Evitar en todo momento temas políticos o religiosos y/o *no relacionados al tema de este grupo.*

► *Cualquier interacción o tratar algún tema personal deberá hacerlo en directo (PRIVADO) y no por el GRUPO.

*Los temas del grupo serán relacionados únicamente DE INFORMACIÓN DE EMERGENCIAS aéreas, y marítimas* que ocurran en Venezuela y los muy importantes fuera del territorio nacional, así como apoyo a nuestros compañeros en caso de emergencias, Alertas eminentes de riesgo del estado del tiempo y/o sismos, informaciones organizacionales de ONSA, *Informaciones relevantes de instituciones y/o grupos de emergencias similares a ONSA exclusivamente para compartir información institucional*

Único:

*Todos los reportes deben ser concisos y veraces.*

► POR NINGÚN MOTIVO enviar CADENAS (sea cual fuera el punto a informar), NO HACER ENVÍOS DE CADENAS por los grupos DE LA FUERZA DE TAREA.

► *No enviar saludos de buenos días, tardes o noches, bendiciones , Evite emitir saludos diarios y/o constantes, fotos o poster de café, bendiciones, reflexiones, chistes* y afines,

► No enviar publicidad comercial o institucional que no sea similares al objetivo de ONSA.

► Prohibido enviar cualquier información o noticia que no sea cónsona con el objetivo del grupo.

► El incumplimiento de cualquiera de las normas perderá de inmediato su participación temporal en el grupo, sin que esto implique inamistad o retiro de la Fuerza de Tarea.

ÚNICO ► Normas creadas para mantener el grupo DESCONGESTIONADO y deben ser acatadas por todos los integrantes.
VC. Francisco Marghella
yv5nsf
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Re: Normas a cumplir en los grupos de de la Fuerza de Tarea

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Manual de la Organización, relacionado a la FUERZA DE TAREA de CASMAR - ONSA

Artículo 5. Aquellas organizaciones legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, dedicadas a actividades similares a las del CASMAR, podrán incorporarse a las operaciones del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo, con el carácter de FUERZA DE TAREA [FT] e identificándose en consecuencia como FT [nombre de la entidad]; actuando y manteniéndose en todo caso bajo su propia personalidad jurídica.

SECCIÓN 3

DE LA FUERZA DE TAREA

Artículo 77. Serán integrantes de la FUERZA DE TAREA, del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo de la ONSA, aquellas personas naturales o jurídicas, quienes previa solicitud ante la ONSA y aun no siendo miembros de ésta, han decidido voluntariamente participar bajo la supervisión y dirección de UN (1) Oficial del Cuerpo de Apoyo & Salvamento Marítimo (CASMAR) de la Organización, en actividades propias del CASMAR. Para incorporarse como integrante de la FUERZA DE TAREA del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo (CASMAR) de la ONSA, dicha persona deberá:

(a) Ser mayor edad o estar debidamente constituida con personalidad jurídica propia conforme a la Ley.

(b) Solicitar por escrito a la Organización de Salvamento y Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos Venezuela A.C. (ONSA A.C.), su incorporación como integrante de la FUERZA DE TAREA del CASMAR, quién previo estudio de dicha solicitud a través del COMANDO NACIONAL del CASMAR, otorgará un Certificado que lo acredite para su participación en las operaciones del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo (CASMAR).

(c) Firmar la Carta de Compromiso correspondiente o si fuere persona jurídica, suscribir el Convenio de Cooperación (CDC) pertinente.

Artículo 78. La FUERZA DE TAREA, en tanto y en cuanto se integren en las operaciones del CASMAR, se acogerán al Plan Operativo Vigente [POV] respectivo y a las instrucciones que a tal efecto dicte el Comandante Regional o el Oficial CASMAR designado por éste. Si no hubiere un COMPONENTE ZONAL operativo en dicha Circunscripción acuática, recibirá las instrucciones
directamente del Comandante Regional o de quien éste designe.

Artículo 79. El COMANDO NACIONAL a solicitud del Comandante del órgano de adscripción del integrante de la FUERZA DE TAREA del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo (CASMAR) de la ONSA, podrá decidir cuando lo estime conveniente, la desincorporación de dicho integrante como parte de la FUERZA DE TAREA.

Artículo 80. Cada integrante de la FUERZA DE TAREA del Cuerpo de Apoyo y Salvamento Marítimo (CASMAR) de la ONSA, deberá tener un sistema de alerta de mensajes, capaz de integrarse al sistema de la RED DE EMERGENCIA MARÍTIMA de la ONSA – ONSA/REM –. Preferiblemente se insta al uso de equipos de comunicación dual VHF/UHF, teléfonos móviles o aquellos que reciban las alertas a tiempo real.
VC. Francisco Marghella
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Re: Directrices | WHATSUP Fuerza de Tarea de ONSA Venezuela

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ACT
VC. Francisco Marghella
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