ONSA/Ntfn. Núm. 0190 | Nombramiento de Defensor ad litem

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ONSA/Ntfn. Núm. 0190 | Nombramiento de Defensor ad litem

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A solicitud del Tribunal Disciplinario, procedo a realizar esta publicación.

ONSA, CARACAS - VE
ONSA/Ntfn. Núm. 0190 - 31JUL2020
ASUNTO
: Nombramiento de Defensor ad litem
Ciudadano(a):
Cap. Israel Vic Manrique Sleiman.
Presente.-

CITACIÓN:

Visto que el Cddno.Cap. Carlos Jesús Gil, titular de la Cédula de Identidad Núm. 13.164.610, no realizó la comparecencia por ante este TRIBUNAL DISCIPLINARIO en la fecha fijada para atender a la AUDIENCIA PRELIMINAR del caso incoado en su contra e identificado como Peña vs Gil (20200718) y estando en el lapso legal correspondiente, este TRIBUNAL DISCIPLINARIO mediante auto, lo designó a usted, como DEFENSOR «ad litem» del ciudadano identificado «ut supra». Por consiguiente:

PRIMERO: a la brevedad posible y en un lapso no mayor a CINCO (5) días hábiles, notificar al PRESIDENTE del TRIBUNAL DISCIPLINARIO, mediante correo electrónico (tribunal@ onsa.org.ve), lo siguiente: su nombre y apellido, número de cédula de identidad, nacionalidad, estado civil, ciudad del domicilio, su correo electrónico personal y su nombre de usuario en el BBS de ONSA, a los fines de continuar con el debido proceso. En caso de no tener un usuario registrado en el BBS de ONSA, deberá registrarse conforme a las instrucciones indicadas en el enlace: ucp.php?mode=register, para cumplir con lo aquí establecido;

SEGUNDO: comparecer por ante la SALA DE SUSTANCIACIÓN Núm. 03, a través de su usuario registrado en el BBS de ONSA y habilitado para tal fin, el próximo día viernes (14) del mes de agosto (08) del año Dos mil dos mil veinte (2020), a los fines de que se dé por enterado, conozca de las faltas disciplinarias presentadas en contra de su DEFENDIDO, responda cómo se declara, en relación con las faltas que le son imputadas (culpable o inocente) y continúe allí todas las actuaciones pertinentes hasta el Dictamen final de este proceso disciplinario.

Se le informa que de no comparecer el día aquí indicado, «per se» o mediante mandato debidamente otorgado a través de diligencia en Sala, se procederá a dar continuidad del proceso disciplinario EN AUSENCIA de su DEFENDIDO, a los efectos legales consiguientes.

En la ciudad de SANTIAGO DE LEÓN DE CARACAS, a la fecha de su publicación.

Atentamente.

C/Jz. (Pon.) Rafael J. Rodríguez.
Tribunal Disciplinario | ONSA Venezuela

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AUTO Núm. 07
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Cap. Freddy Muñoz Aguiar
Secretario General
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IM(tg): Secretaría Ejecutiva

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