Zonas de
ámbito Acuático
A continuación presentaremos la distribución de
las Zonas de ámbito Acuático de Venezuela &
su marco legal respectivo.
ALTA
MAR
Parte no perteneciente a la Zona Exclusiva Económica, al
Mar Territorial ni a las aguas interiores de un Estado. Ésta
se encuentra abierta a todas las naciones y por ende, ningún
Estado puede pretender legítimamente someter cualquier
parte de ella a su soberanía. [Ley Orgánica de los
Espacios Acuáticos e Insulares, Artículo No. 69]
ZONA
PROTECTORA [Zona Terrestre]
Aquella comprendida entre la línea de costa [nivel del
mar sobre la costa] y los 80m. de tierra. [Decreto No. 623 del
02ENE90].
ZONA/FRANJA
MARÍTIMA [Zona Terrestre]
Aquella comprendida entre la línea de costa o ribera [nivel del
mar o agua sobre la costa] y los 80m. de tierra [Ley General de
Marina y Actividades Conexas, Artículo no. 5]
AGUAS
INTERIORES [Zona Marítima]
Son las comprendidas dentro del territorio nacional y entre las
Líneas de Base Recta y la costa [Ley sobre Mar Territorial,
Plataforma Continental y Espacio Aéreo, artículo
no. 2; Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua
del 26JUL1961, artículos no. 4 y 5]
MAR
TERRITORIAL [Zona Marítima]
Abarca, a todo lo largo de las costas continentales e insulares
de la República una anchura de doce millas náuticas
(12 mn) y se medirá ordinariamente a partir de la línea
de más baja marea. La soberanía nacional en el Mar
Territorial se ejerce sobre el espacio aéreo, las aguas,
el suelo y subsuelo, y sobre todos los recursos que en ellos se
encuentren [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos
e Insulares, Artículo No. 10 y 11]
ZONA
CONTIGUA [Zona Marítima]
Para fines de vigilancia marítima y resguardo de sus intereses,
la República tiene, contigua a su Mar Territorial, una
zona que se extiende hasta veinticuatro millas náuticas
(24 mn), contados a partir de las líneas de más
baja marea o las líneas de base desde las cuales se mide
el Mar Territorial. [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos
e Insulares, Artículo No. 50]
PLATAFORMA
CONTINENTAL [Zona Marítima]
Aquella parte del suelo y subsuelo, comprendida desde la costa
hasta los 200m. de profundidad [Ley Orgánica de los Espacios
Acuáticos e Insulares, Artículo No. 61]
TALUD
CONTINENTAL [Zona Marítima]
Aquella parte del suelo y subsuelo, comprendida desde la costa
hasta los 2.500m. de profundidad.
CUENCA
OCEÁNICA [Zona Marítima]
Aquella parte comprendida desde la costa hasta los 8.000m. de
profundidad.
CUENCA
OCEÁNICA ABISAL [Zona Marítima]
Aquella parte comprendida desde la costa más allá
de los 8.000m. de profundidad.
ZONA
EXCLUSIVA ECONÓMICA [Zona Marítima]
Aquella comprendida entre la costa y las 200mn. mar adentro, sobre
la cual se ejercen derechos de explotación y fines comerciales
[Ley sobre Zona Exclusiva Económica del 03JUL78]
Costas
Venezolanas en el mar Caribe................. 2.722km.
Costas Venezolanas en el Atlántico................... 1.010km.
Costas Venezolanas en el Atlántico [Reclamación]..
285km.
TOTAL en Costas.......................................... 4.017km.
TOTAL
Superficie Marítima aproximada.......... 490.420km2.
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