Salvamento vs. Rescate

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ONSA/VE
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Salvamento vs. Rescate

Mensaje por ONSA/VE »

Salvamento vs. Rescate
A los fines de comprender el verdadero significado del concepto “SAR”, convendría en primer término señalar que el mismo constituye la abreviación de la expresión original en idioma inglés “search and rescue”, lo cual ha generado cierta polémica y confusión en países de habla hispana.

En particular, debemos referirnos al problema originado por una traducción inapropiada de la palabra “rescue”, lo cual ha conducido a ciertos autores a referirse erróneamente a la expresión “búsqueda y rescate”. Tal postura obedece a la adopción de una traducción literal de la palabra “rescue”, toda vez que la primera acepción del término en idioma castellano corresponde a la palabra “rescate”. Sin embargo es necesario señalar que tal argumento no podría ser válidamente sostenido si se toman en cuenta las siguientes observaciones. En primer lugar – conservando la óptica de las traducciones literales – debe indicarse que el diccionario del mismo modo señala como significado de la palabra “rescue”, el verbo castellano “salvar”; y consecuentemente, como traducción de “rescuer” la palabra castellana “salvador”. Adicionalmente – abandonando ya el campo de las traducciones literales y recurriendo a la definición legal del término “rescue” – bajo ordenamientos jurídicos anglosajones encontramos que dicha palabra alude al “acto de salvar o liberar a alguien de peligro o cautiverio.” Se evidencia así que el verdadero significado que en idioma inglés ha sido dado al vocablo “rescue”, está estrechamente vinculado con la protección de la vida humana, ante situaciones de extrema inseguridad.

Por otra parte, los partidarios de la errada interpretación de “búsqueda y rescate” en base a la traducción literal e incorrecta del término “rescue”, aducen que tal adopción permite distinguir entre dos figuras propias del derecho marítimo: el salvamento de vidas y el de bienes. Señalan así que a la concepción del salvamento de vidas humanas, le corresponde la palabra castellana “rescate”, mientras que al salvamento de bienes lo designan con la palabra “salvamento”, por una traducción del vocablo del idioma inglés “salvage”. Ciertamente, en cuanto al salvamento de bienes convendría señalar que el mismo tiene lugar como una relación jurídica que normalmente es celebrada bajo los términos del “Lloyd’s Standard Form of Salvage Agreement”; caracterizada por tener como objetivo primordial la preservación del buque y su carga y en el cual se genera una compensación de tipo pecuniario, conocida precisamente como “salvage”. Es por ello que los simpatizantes de la errada interpretación sostienen – de manera poco acertada, a nuestro parecer – que el vocablo “salvamento” no puede ser utilizado como traducción del término inglés “rescue” y que, por el contrario, constituiría únicamente la traducción correcta de la palabra “salvage”.

No obstante, al respecto convendría señalar que efectivamente, bajo la concepción de los sistemas legales anglosajones, el término “salvage” alude a la “compensación monetaria pagable bien por el propietario del buque o por los dueños de la carga a las personas que salvan al buque o su carga de los peligros de naufragio, captura u otra pérdida”. Ahora bien, en idioma castellano, la traducción literal del vocablo “salvage” corresponde a las palabras “salvamento, rescate, salvataje”; y además, desde el punto de vista jurídico, la locución “salvage” ha sido traducida como “salvataje” o “salvamento”. Luego, quienes intentan establecer la distinción entre ambas figuras jurídicas utilizando el inadecuado enunciado “búsqueda y rescate” – como traducción de “search and rescue” – incurren en una práctica que constituye una franca disociación de la naturaleza propia de la palabra inglesa “rescue”.

En cuanto a la necesidad distinguir entre ambas figuras – el salvamento de vidas y rescate de bienes – la doctrina Venezolana efectivamente ha enfatizado que debe diferenciarse entre las operaciones que tienen por objeto los bienes involucrados en la navegación y las destinadas a la protección de la vida humana. Pero entendemos que para ello no debe recurrirse a traducciones poco acertadas; por el contrario, debe atenderse al significado propio de tales términos en sus idiomas originales. En este sentido, compartimos la distinción que realiza el doctor Fernández Concheso – adoptando por cierto, la legítima traducción de “búsqueda y salvamento” – al enfatizar el elemento que realmente diferencia los dos tipos de operaciones. Al respecto indica que “mientras que el salvamento contractual o cuasi–contractual responde a una relación estrictamente económica subyacente al acto, y se refiere fundamentalmente a objetos, la búsqueda y el salvamento corresponden a una función pública atribuida a la autoridad marítima que, sin matiz económico o comercial, centra su finalidad en el salvamento de vidas humanas en contraste con el salvamento de objetos.” Es precisamente a esta obligación de función pública a lo que hace referencia el Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos al establecer que los Estados tienen el deber de garantizar “que se preste auxilio a cualesquiera personas que se hallen en peligro en el mar”. Ciertamente, su adopción tuvo como considerando no sólo el hecho de que “varios Convenios internacionales conceden gran importancia a la prestación de auxilio a personas que se hallen en peligro en el mar”, sino también el reconocimiento de “la conveniencia de coordinar las actividades relativas a la seguridad en el mar” y de “fomentar la cooperación entre las organizaciones de búsqueda y salvamento.”

Puede deducirse entonces, que la expresión búsqueda y salvamento acuático alude al sistema diseñado para el cumplimiento del deber de protección y preservación de la vida humana, por parte del Estado, ante situaciones de peligro propias de la navegación; deber éste cuyo cumplimiento no genera compensación monetaria alguna, por estar íntimamente relacionado con el fundamental derecho civil a la vida.

Entonces es apropiado señalar, que la traducción adecuada de la expresión “search and rescue” es la de “búsqueda y salvamento, ello no sólo en virtud del significado original de la palabra “rescue” y de las traducciones legales a las cuales se hizo referencia, sino también en razón de la adopción de la palabra “salvamento” que hizo la Organización Marítima Internacional, al traducir del idioma inglés al castellano el nombre del referido Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos.

Finalmente y al afirmar que rescue debe ser entendido como salvamento” de vidas humanas, queda entonces necesario traducir el vocablo “salvage – del idioma inglés – como “rescate – en el idioma castellano – para identificar el salvamento de bienes. De este modo, se estaría acogiendo la práctica que se tiene en otros idiomas de utilizar palabras diferentes para cada una de estas operaciones. Tenemos por ejemplo, el caso ya mencionado en el idioma Inglés, en el cual “rescue” es utilizado para el salvamento de vidas, mientras que “salvage” para el de bienes; asimismo, en el idioma Francés, el salvamento de vidas es conocido como “sauvetage”, mientras que al de bienes, como “assistance”.
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RESCUE es a SALVAMENTO
como SALVAGE es a RESCATE


SAR: Search and Rescue (eng.)
SAR: Búsqueda y Salvamento (esp.)
SAR: Recherche et Sauvetage (fra.)

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ref.: 03JUL2003: Búsqueda y Salvamento Acuático
(Autor: Abg. Ma. Cecilia Ramírez R.)
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alexis medina
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Re: Salvamento vs. Rescate

Mensaje por alexis medina »

:| MUY BUENA LA DEFINICION, DEBEMOS ACOSTUMBRARNOS CON NUESTRAS PROPIAS DEFINICIONES Y EVITAR FORMULAR ACEPCIONES EN OTROS IDIOMAS -- ESTA ES LA DEFINICION REAL DRA. GRACIAS
VC. Alexis Medina Tulene
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