Procedimiento para realizar travesías en Kayak

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kayak club venezuela
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Procedimiento para realizar travesías en Kayak

Mensaje por kayak club venezuela »

Hola;
Hasta la fecha jamás hemos tenido ningún problema pero nos gustaría saber a quién y cómo deberíamos informar de la realización de una travesía en kayak, tanto en mar como en río.

En la mayoría de las veces navegamos de manera autosuficiente sin tener ningún apoyo, solo dependemos de nuestros familiares y desde la travesía Cumaná - Margarita que el SPOT les envia un mensaje a ustedes.

Muchas Gracias
Dayana
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LGIS
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Re: Procedimiento para realizar travesías en Kayak

Mensaje por LGIS »

Apreciada Dayana,

Muy interesante tu planteamiento y te felicito por buscar impulsar siempre, no solo el profesionalismo entre tu grupo de kayakistas, sino también las medidas de Seguridad Marítima para dicha actividad.

Ahora bien, comenzaré respondiendo asuntos básicos y concretos que manejo; sin embargo, puede que por intermedio de la ONSA realice alguna consulta para indagar más allá sobre el particular si lo considerase necesario; a saber:
kayak club venezuela escribió:¿a quién y cómo deberíamos informar de la realización de una travesía en kayak, tanto en mar como en río?
  • 1. REGISTRO DEL BUQUE
    Los Kayaks de acuerdo al marco jurídico, son "buques" de propulsión a "Remo" (no de tracción a sangre como en el ámbito terrestre), por lo tanto requieren estar registrados por ante RENAVE (Registro Naval Venezolano) como "Buques Deportivos" más no recreativos. Deberán tener toda la documentación propia para este tipo de buques.

    Sobre este particular, comento que la ONSA en la elaboración de la Ley, estableció dos tipos de buques de la "Marina Deportiva Venezolana"; (i) los de recreo, a los fines de que cumplan con toda la normativa de Seguridad marítima comúnmente aceptada y; (ii) los de Deporte (por ahora no reglamentados), con el objeto de que sean excluídos de ciertas normas u obligaciones relacionadas con los estándares de Seguridad Marítima, tales como botes auxiliares, extintores, etc, todo ello por realizar actividades de navegación controlada (un área bajo vigilancia, ya sea por la compañía de otros similares o por unidades expresamente asignadas para la Seguridad) como es el caso de los Kayaks, Veleros de competencia o regata, Sunfishs, Windsurfs, Motos de Agua, etc.

    2. LICENCIA DE PATRÓN DEPORTIVO
    En tanto que son "buques", quienes los mandan deben tener y en el particular, al menos la Licencia de Patrón Deportivo de Tercera (15 horas de clase).

    3. DEL ZARPE ó DE ACTIVIDADES DE NAVEGACIÓN EN GRUPO

    Quien zarpe a navegar o el Coordinador a cargo de la actividad grupal, deberá notificar por radio o por escrito (no solicitar permiso), al Comodoro de la marina de la que zarpen o en su defecto a la Capitanía de Puerto o Delgación correspondiente a la Circunscripción Acuática, y por cada buque:
    • i. Los motivos del zarpe.
      ii. La hora en que estime zarpar.
      iii. La hora y lugar en que estime atracar.
      iv. El número de personas que lleva a bordo.
    Cabe destacar, ya sea en mar o en río, todo el ámbito acuático nacional (incluyendo las presas o espacios de agua navegables) está asignado a una Capitanía de Puerto; ya que las Alcaldías y las Gobernaciones no tienen competencia en dichos espacios.

    RESUMEN
    Deben notificar al Comodoro del Club o marina, ó directamente a la Capitanía de Puerto o Delegación competente, del zarpe o actividad de navegación que se disponen a realizar; sin perjuicio de las notificaciones de carácter privado a otras entidades u organizaciones tales como la ONSA u otras asociaciones similares, que puedan contribuir con su actividad y la Seguridad de la vida humana en la mar.
kayak club venezuela escribió:En la mayoría de las veces navegamos de manera autosuficiente sin tener ningún apoyo, solo dependemos de nuestros familiares y desde la travesía Cumaná - Margarita que el SPOT les envia un mensaje a ustedes.
  • 1. MEDIDAS ADICIONALES DE SEGURIDAD
    La Autoridad Acuática es la entidad competente y responsable de prestar apoyo, la seguridad y vigilancia necesaria, para la realización de las actividades náuticas en general; sin perjuicio de la participación de otras entidades u organizaciones de carácter privado tales como la ONSA u otras asociaciones similares, que puedan contribuir con su actividad y la Seguridad de la vida humana en la mar.

    Ahora bien, entre otros particulares o entidades, el Cuerpo de Apoyo & Salvamento Marítimo (CASMAR) de la ONSA, a través de su Red de Emergencia Marítima (ONSA/REM) y los equipos SPOT bajo el Plan ONSA/Recomienda, presta un servicio adicional a la comunidad relacionada con los espacios acuáticos, que prácticamente garantiza que al emitirse una señal de AYUDA desde el dispositivo indicado, más de 150 personas, especializadas en Búsqueda & Salvamento (miembros de la ONSA, entidades Gubernamentales y Otras), recibirán la posición exacta de la emergencia y activarán los procedimientos previstos, para asistir la emergencia en el menor tiempo posible.
Si requieres de mayor información o detalle, no dudes en hacerlo por este mismo medio; queda atento y amigo.
"Full avante, motor y timón; ...si a la mar, nos llaman a la acción."

Vicecomodoro (ONSA) Luis G. Inciarte S.
IM(tg): @lginciarte
ONSA Venezuela
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