Ayuda con requisitos para RENAVE

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Maria trinidad
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Ayuda con requisitos para RENAVE

Mensaje por Maria trinidad »

Buenos dias estimados amigos, tengo una gran duda actualmente poseo un lancha de 16 o 16.5 pies la cual tiene matricula de las que llaman las viejas AGS no recuerdo las demas siglas tengo la tradicion legal, en los requisitos para el renave me piden plano, revision de capitania y las Especificaciones técnicas (desambiguación: Conformidad Técnica), pero en esta ultima me dicen que tengo que cancelar 60 unidades tributarias cosa que me parece bastante siendo una lancha vieja como de los 80 y ademas ya tiene una matricula creo que es menos de 1.32 UAB, por favor me podrian ayudar con esta informacion, Saludos.
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LGIS
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Re: Ayuda con requisitos para RENAVE

Mensaje por LGIS »

La Conformidad Técnica debería corresponder al fabricante, cuando el buque se encuentre en construcción; ahora bien, cuando se trata de buques que se encontraban previamente registrados, las "Especificaciones técnicas" (véase numeral 5, abajo) aparecen el Certificado de Arqueo (originalmente hecho cuando se registró por primera vez). Asimismo, si se trata de una marca conocida, el fabricante debe tener dicha "Confomidad Técnica" ya registrada por ante el INEA (sugiero contactar al fabricante si es local).

En todo caso, aquí esta la planilla que un Perito Naval debería realizar y certificar nuevamente (en todo caso), y en donde se indica que la solicitud cuesta tan solo 0,03UT para buques menores a 10UAB (véase: Conformidad Técnicas para Buques menores a 10UAB)

Finalmente, trataré que esto lo revise un especialista, para confirmar la respuesta.

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  • ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN PRESENTARSE
    EN EL REGISTRO NAVAL PARA LA INSCRIPCIÓN?


    1. Solicitud de inscripción realizada a través de la Pág. Web www.inea.gob.ve, link SINEA, dirigida al Registro Naval, la cual deberá contener:
    • Identificación, dirección, teléfonos, fax y correo electrónico del interesado o razón social de la persona jurídica y carácter con el que actúa, en caso de ser un representante;

      En caso de la inscripción de buques ya tengan matrícula venezolana, deberá indicarse la nombre y número de matrícula, así como el indicativo de llamada internacional, si se le hubiese asignado;

      Si se trata de buques de bandera extranjera, a ser incluidos en el Registro Naval deberá indicarse el nombre, arqueo, bandera, principales características y dimensiones;
    2. Título o títulos que acrediten la propiedad del buque;
    • Cuando se trate de inclusiones de buques que ya hubieren sido inscritos en las Oficinas de Registro Subalterno (que tengan matrícula venezolana) podrán presentares copias simples de los referidos títulos, las cuales serán confrontadas por el Registrador Naval con los asientos originales;

      Cuando se trate del registro de buques de bandera extranjera, a ser incluidos en el Registro Naval, deberán presentarse el contrato de compraventa, de arrendamiento a casco desnudo o arrendamiento financiero, según sea el caso, debidamente traducido al idioma español por intérprete público, de ser necesario. Dicha traducción deberá ser autenticada ante Notario Público.

      Cuando el título a registrar esté contenido en una decisión judicial, deberá presentarse copia certificada del auto que decretó la medida ordenada o acta de adjudicación.
    3. Certificado Internacional de Arqueo.

    4. En caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá consignarse copia simple del Acta Constitutiva y Estatutos de la compañía, así como copia del Registro de Información Fiscal (RIF) y Número de Información Fiscal (NIT).

    5. Especificaciones técnicas.

    6. Si el buque es bandera extranjera deberá presentar baja o suspensión de la bandera extranjera, expedida por la Autoridad Marítima del país de origen.

    7. Póliza de seguro de responsabilidad civil (conforme a lo establecido en el artículo 43 del Decreto con Fuerza de Ley General de Marina y Actividades Conexas).

    8. Fotografía del buque.

    9. Informe de Inspección de Seguridad Marítima.

    10. Conformidad Técnica de construcción de la embarcación emitida por el Instituto.

    11. Documento de Importación

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    Ver: artículos 104, 111 y 136 de la Ley General de Marinas y Actividades Conexas
"Full avante, motor y timón; ...si a la mar, nos llaman a la acción."

Vicecomodoro (ONSA) Luis G. Inciarte S.
IM(tg): @lginciarte
ONSA Venezuela
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