Definición y Uso de Motos Acuáticas en Venezuela

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ONSA/VE
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Definición y Uso de Motos Acuáticas en Venezuela

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Definición y Uso de Motos Acuáticas en Venezuela

Las motos acuáticas o motos náuticas (personal watercraft o PWC en inglés) son un tipo de buque de la Marina Nacional venezolana con un sistema de propulsión mecánica. La principal diferencia de las motos de agua con otros tipos de embarcación o buques, es que no usan hélice sino que son propulsadas por turbina.

Podemos encontrar de dos tipos - de recreo o deportivo - y en dos modalidades - monoplaza (Jet Ski) o multiplaza (RunAbout). Hay gran variedad de potencias, desde los 50 cv. hasta los 350 cv. de serie y jets de hasta 163cv. Las motos acuáticas pueden ser monoplazas, bi-plazas, tri-plazas e incluso cuadriplaza.

:: Titulación
  • De acuerdo a la Ley de Marinas Y Actividades Conexas, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 6.153 de fecha 18NOV2014, es obligatorio para el mando de una Moto Acuática, cualquiera sea su tipo, al menos la Licencia de Patrón Deportivo de Tercera, en adelante.
:: Matrícula
  • De acuerdo a la Ley de Marinas Y Actividades Conexas, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 6.153 de fecha 18NOV2014, que clasifica a los buques de acuerdo a su uso, corresponde a toda Moto Acuática, estar debidamente registrada en RENAVE (debiendo llevar a la vista un número de matrícula, nombre y un puerto base) como:
    • BUQUE DEPORTIVO: aquel cuyo tráfico está destinado a la práctica de deportes.
    • BUQUE DE RECREO: aquel cuyo tráfico está destinado a la recreación.
    NOTA: El Reglamento de la Marina Deportiva nacional, el cual hasta ahora no se encuentra actualizado conforme al nuevo marco jurídico marítimo desarrollado a partir del 2001, regulará las diferencias prácticas entre los buques de deporte y los de recreo, estableciendo entre otras, diferentes equipos mínimo de seguridad a bordo, documentación, uso de bandera y otros requisitos propios de la navegación marítima, que para los deportivos deberán estar ideados especialmente para áreas de navegación controlada.
:: Requisitos de Inscripción en INEA (RENAVE)
  • 01. Copia y Original de la Acta Constitutiva y Estatutos de la Compañía
    02. Documento de Nacionalización o Documento de Admisión Temporal
    03. Poder Notariado o Carta Poder
    04. Informe Detallado de las especificaciones técnicas
    05. Copia y Original de la Cédula de identidad de los Otorgantes o Presentantes
    07. Copia y Original del Registro de Información Fiscal (RIF)
    08. Plano de arreglo general y plano de las capacidades del buque (Según sea el Caso)
    09. Baja o Suspensión de Bandera Extranjera, Expedida por la Autoridad marítima del País de Origen
    10. Conformidad Técnica de la Gerencia de Ingeniería Naval
    11. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil/ Casco y maquinaría/ P&I
    12. Dos Fotografías del Buque en papel fotográfico
    13. Inspección de seguridad marítima
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