Título III, Capítulo IX | De la Caducidad de la Patente...

Sala para tratar sobre el desarrollo del Proyecto de Reforma Parcial de la Ley General de Marinas y Actividades Conexas (2010), que adelanta la Asamblea Nacional y demás autoridades (se transcribe el texto remitido).
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El texto original/incial de cada tema publicado por la ONSA, es el remitido/propuesto por las autoridades para la consideración de la comunidad náutica en general. Las respuestas, corresponderán a los usuarios registrados de este foro, quienes expondrán sus recomendaciones o sugerencias de manera particular según sea el caso.
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ONSA/VE
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Título III, Capítulo IX | De la Caducidad de la Patente...

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Capítulo IX
De la Caducidad de la Patente de Navegación, Licencia de Navegación y Permiso Especial Restringido

Artículo 145. Son causales de caducidad de la Patente de Navegación, Licencia de Navegación y Permiso Especial Restringido:
  • 1. El cambio de bandera del buque o su desincorporación a solicitud del propietario o arrendatario.

    2. La destrucción voluntaria del buque aunque se reconstruya con los mismos materiales.

    3. El apresamiento o confiscación del buque en el extranjero.

    4. La pérdida total del buque.

    5. Por cambios o alteraciones no autorizados, en la estructura del buque.

    6. Cambio de propietario, arrendatario, nombre, destinación o tonelaje del buque.

    7. Haberse declarado el buque en condiciones de innavegabilidad absoluta.

    8. Declarar al buque al comercio ilícito o haber sido declarado pirata.

    9. Por declaratoria judicial o por parte de la Autoridad Acuática de desaparición del buque.

    10. Por cambio, de uso del buque para el cual fue autorizado de conformidad con la ley.

    11. Extinción por término o por resolución del contrato de arrendamiento a casco desnudo o de arrendamiento financiero sobre la base del cual se hayan registrado estos buques.

    12. Extinción por la expiración del término por el cual fue expedido el documento respectivo.
Artículo 146. La extinción declarada por la Autoridad Acuática, se hará del conocimiento público mediante aviso oficial que se publicará en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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