ONSA/Ntfn. Núm. 0134 | Citación: Carlos J. Gil

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ONSA/Ntfn. Núm. 0134 | Citación: Carlos J. Gil

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ONSA, CARACAS - VE
ONSA/Ntfn. Núm. 0134 - 04JUL2017
ASUNTO
: Citación: Carlos J. Gil
ONSA/TD escribió:NOTIFICACIÓN
AVISO ÚNICO

Ciudadano
Carlos J. Gil
Presente,

Vista la solicitud de apertura de un PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO, presentado de parte interesada y a la tipificación de faltas e infracciones, de conformidad con las NORMAS ESTATUTARIAS y reglamentarias de la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SALVAMENTO Y SEGURIDAD MARÍTIMA DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS DE VENEZUELA (ONSA), este Tribunal Disciplinario se declara competente y pasa a conocer del caso; por lo que cumplo con notificarle en este mismo acto, que deberá comparecer a una AUDIENCIA PRELIMINAR vía telefónica con el C/Jz. JONATHAN J. FIGUEROA F., miembro de este TRIBUNAL DISCIPLINARIO, al número de teléfono +58 (416) 209 1452, el próximo 02AGO2017 a las 1030VET, a fin de cumplir lo dispuesto en las normativa vigente.

En la ciudad de Santiago de León de Caracas, a los CUATRO (04) días del mes de JULIO (07) del año 2017.

Queda atentamente,

C/Jz. Jonathan J. Figueroa F.
Tribunal Disciplinario | ONSA A.C.
+58 (416) 209 1452
LÉASE: REGLA 1.8.1.3 Una vez cumplido el lapso establecido en la [REGLA 1.8.1.1] al acusado se le notificará por escrito de la apertura del procedimiento disciplinario que cursa en su contra, señalándose en la misma notificación la fecha de la AUDIENCIA PRELIMINAR en donde será notificado de la(s) falta(s) por la(s) que se le acusa. La fecha de la audiencia preliminar al acusado, contará con un mínimo de CINCO (5) y un máximo de VEINTE (20) días hábiles de anticipación a la fecha de su notificación; lapso que servirá a la parte litigante para presentar el resto de los elementos que soportan la acusación presentada. Si la causa no fuere sobreseída durante la AUDIENCIA PRELIMINAR en virtud de las explicaciones dadas por el procesado, seguirá la misma, dándosele una articulación probatoria que no durará más de DIEZ (10) días hábiles. Dentro de los siguientes DIEZ (10) días hábiles al término de la articulación probatoria, el Tribunal decidirá y notificará su Dictamen a todas las partes involucradas. Las posibles apelaciones a los Dictámenes del Tribunal Disciplinario, se harán únicamente bajo la figura de arbitraje externo y se recurrirán por ante la Junta Ejecutiva, dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación del Dictamen respectivo; caso contrario, el Dictamen quedará definitivamente firme.-

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Secretario General
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