 |
|
| Javier
Eduardo Greciano De Alcalá |
| Vocal
del Consejo |
| +58
(414) 329 0085 |
| |
| |
| Nombramiento:
OCT2001 - No. 2/12 |
| |
| Orientación
Educacional: |
Arquitecto
- Avaluador de Inmuebles |
| |
|
 |
|
| Luis
Guillermo Inciarte Santaella |
| +58
(414) 243 4333 |
| |
| |
| |
| Nombramiento:
OCT2001 - No.1/12 |
| |
| Orientación
Educacional: |
Adminstración
de Empresas - Gerencia |
|
|
|
|
|
| Alejandro
Ubieta Roque |
| +58
(212) 5619771 |
| |
| |
| |
|
Nombramiento:
OCT2001 No. 3/12
|
| |
| Orientación
Educacional: |
Abogado
- Especialización Derecho Marítimo |
| |
|
El
CONSEJO INSTITUCIONAL estará facultado para derogar cualquier
disposición u ordenar detener o subsanar cualquier acción, por
considerarla contraria a los intereses de la Organización; exceptuando
aquellas de carácter disciplinario y que hayan sido debidamente
emitidas por el ente disciplinario de la ONSA, AC., exceptuando
de lo dispuesto para con los propios miembros del CONSEJO INSTITUCIONAL.
Estará
constituido por aquellos miembros, personas naturales, que sean
designados con tal distinción por el CONSEJO NACIONAL PERMANENTE,
bajo presentación de la JUNTA DIRECTIVA y de conformidad con el
propio CONSEJO INSTITUCIONAL en pleno. Solo podrán ser designados
hasta un máximo de tres (3) miembros por año calendario, conforme
a las vacantes que hubieren disponibles.
El
CONSEJO INSTITUCIONAL tendrá un máximo de doce (12) miembros,
los cuales tendrán un carácter vitalicio, no heredable y no podrán
hacerse representar por ninguna otra persona; no podrán ser removidos
excepto por sentencia del ente disciplinario de la ONSA, A.C.
y bajo conformidad del resto de los miembros del CONSEJO INSTITUCIONAL
en pleno. En caso de que alguno de los miembros del CONSEJO INSTITUCIONAL
renunciare por escrito o se encontrase inhabilitado previo aval
médico escrito correspondiente, el ente disciplinario de la ONSA,
A.C. y bajo conformidad del resto de los miembros del CONSEJO
INSTITUCIONAL en pleno podrán resolver la desincorporación de
dicho miembro en los mejores términos. En la primera reunión que
realizaren y cuando lo consideren conveniente, notificarán a la
Junta Directiva de la ONSA, A.C. el nombre del miembro a quien
le corresponderá la representación del CONSEJO INSTITUCIONAL ante
la Junta y que en consecuencia actuará como Vocal del mismo. Será
a través del Vocal del CONSEJO INSTITUCIONAL por quien dicho órgano
hará los pronunciamientos formales a que hubiere lugar.
Las
decisiones del CONSEJO INSTITUCIONAL serán presentadas por escrito
a través de resoluciones válidas únicamente por unanimidad de
los miembros en pleno; es decir bajo conformidad de todos ellos.
Si
desea enviar una comunicación al Consejo Institucional
[haga click aquí]
|